Autoridades que pretendan postular el 2011 tienen hasta el 11 de octubre para renunciar

Las principales autoridades y los altos funcionarios públicos tienen hasta el próximo 11 de octubre para renunciar a sus cargos y poder presentarse como candidatos en los próximos comicios generales del 2011, confirmó Ulises Montoya, magistrado del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
De acuerdo a la Constitución Política del Perú, en su artículo 194, para postular a presidente de la República, vicepresidente, miembro del Parlamento Nacional o presidente del gobierno regional; los alcaldes deben renunciar seis meses antes de la elección respectiva.
La Ley Orgánica de Elecciones 26859, en sus artículos 107 y 113, también precisa que para postular a estos cargos deben renunciar por lo menos seis meses antes de una elección los ministros y viceministros, el contralor y las autoridades regionales.
De igual manera, los miembros del Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Poder Judicial, el Ministerio Público, de los organismos del Sistema Electoral y el defensor del Pueblo.
Esta disposición también comprende al presidente del Banco Central de Reserva, el Superintendente de Banca y Seguros, el Superintendente de Administración Tributaria, el Superintendente Nacional de Aduanas, el Superintendente de Administradoras de Fondos Privados de Pensiones, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en actividad.
Montoya informó que no hay ninguna posibilidad de que estas autoridades o funcionarios de alto nivel postulen en los comicios del 10 de abril próximo si no han renunciado a sus cargos hasta el 11 de octubre.

Partidos
Asimismo, mañana vence el plazo para que un ciudadano, que integra un partido y pretende postular como candidato por otro en los comicios generales del 2011, formalice su renuncia ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
La Resolución 2252-2010-JNE estipula que cualquier renuncia comunicada al ROP después de la fecha en mención, no será considerada para las Elecciones Generales del 2011.
Sin embargo, se establece que previamente a este trámite de formalización ante el ROP, el ciudadano debería haber renunciado a su organización política, como máximo, el 9 de setiembre pasado.

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